Índice de la norma
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Constitución Política del EstadoPrimera Parte. Bases Fundamentales del Estado — Derechos, Deberes y GarantíasTítulo II. Derechos Fundamentales y GarantíasCapítulo Sexto. Educación, Interculturalidad y Derechos CulturalesSección II. Educación Superior
Artículo 97
La formación post-gradual en sus diferentes niveles tendrá como misión fundamental la cualificación de profesionales en diferentes áreas, a través de procesos de investigación científica y generación de conocimientos vinculados con la realidad, para coadyuvar con el desarrollo integral de la sociedad. La formación post-gradual será coordinada por una instancia conformada por las universidades del sistema educativo, de acuerdo con la ley.
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