Índice de la norma
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Constitución Política del EstadoPrimera Parte. Bases Fundamentales del Estado — Derechos, Deberes y GarantíasTítulo II. Derechos Fundamentales y GarantíasCapítulo Quinto. Derechos Sociales y EconómicosSección VIII. Derechos de las Personas con Discapacidad
Artículo 72
El Estado garantizará a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevención y rehabilitación, así como otros beneficios que se establezcan en la ley.
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