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Constitución Política del EstadoTercera Parte. Estructura y Organización Territorial del EstadoTítulo I. Organización Territorial del EstadoCapítulo Octavo. Distribución de Competencias

Artículo 298

I.Son competencias privativas del nivel central del Estado:
1.Sistema financiero.
2.Política monetaria, Banco Central, sistema monetario, y la política cambiaria.
3.Sistema de pesas y medidas, así como la determinación de la hora oficial.
4.Régimen aduanero.
5.Comercio Exterior.
6.Seguridad del Estado, Defensa, Fuerzas Armadas y Policía boliviana.
7.Armas de fuego y explosivos.
8.Política exterior.
9.Nacionalidad, ciudadanía, extranjería, derecho de asilo y refugio.
10.Control de fronteras en relación a la seguridad del Estado.
11.Regulación y políticas migratorias.
12.Creación, control y administración de las empresas públicas estratégicas del nivel central del Estado.
13.Administración del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado.
14.Control del espacio y tránsito aéreo, en todo el territorio nacional. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos internacionales y de tráfico interdepartamental.
15.Registro Civil.
16.Censos oficiales.
17.Política general sobre tierras y territorio, y su titulación.
18.Hidrocarburos.
19.Creación de impuestos nacionales, tasas y contribuciones especiales de dominio tributario del nivel central del Estado.
20.Política general de Biodiversidad y Medio Ambiente.
21.Codificación sustantiva y adjetiva en materia civil, familiar, penal, tributaria, laboral, comercial, minería y electoral.
22.Política económica y planificación nacional.
II.Son competencias exclusivas del nivel central del Estado:
1.Régimen electoral nacional para la elección de autoridades nacionales y subnacionales, y consultas nacionales.
2.Régimen general de las comunicaciones y las telecomunicaciones.
3.Servicio postal.
4.Recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua.
5.Régimen general de recursos hídricos y sus servicios.
6.Régimen general de biodiversidad y medio ambiente.
7.Política Forestal y régimen general de suelos, recursos forestales y bosques.
8.Política de generación, producción, control, transmisión y distribución de energía en el sistema interconectado.
9.Planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.
10.Construcción, mantenimiento y administración de líneas férreas y ferrocarriles de la Red Fundamental.
11.Obras públicas de infraestructura de interés del nivel central del Estado.
12.Elaboración y aprobación de planos y mapas cartográficos oficiales; geodesia.
13.Elaboración y aprobación de estadísticas oficiales.
14.Otorgación de personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen Actividades en más de un Departamento.
15.Otorgación y registro de personalidad jurídica a Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en más de un Departamento.
16.Régimen de Seguridad Social.
17.Políticas del sistema de educación y salud.
18.Sistema de Derechos Reales en obligatoria coordinación con el registro técnico municipal.
19.Áreas protegidas bajo responsabilidad del nivel central del Estado.
20.Reservas fiscales respecto a recursos naturales.
21.Sanidad e inocuidad agropecuaria.
22.Control de la administración agraria y catastro rural.
23.Política fiscal.
24.Administración de Justicia.
25.Promoción de la cultura y conservación del patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible e intangible de interés del nivel central del Estado.
26.Expropiación de inmuebles por razones de utilidad y necesidad pública, conforme al procedimiento establecido por Ley.
27.Centros de información y documentación, archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas y otros de interés del nivel central del Estado.
28.Empresas públicas del nivel central del Estado.
29.Asentamientos humanos rurales.
30.Políticas de servicios básicos.
31.Políticas y régimen laborales.
32.Transporte, terrestre, aéreo, fluvial y otros cuando alcance a mas de un departamento.
33.Políticas de planificación territorial y ordenamiento territorial.
34.Deuda pública interna y externa.
35.Políticas generales de desarrollo productivo.
36.Políticas generales de vivienda.
37.Políticas generales de turismo.
38.Régimen de la tierra. La ley determinará las facultades a ser transferidas o delegadas a las autonomías.
Este artículo todavía no tiene comentario jurídico; lo publicaremos pronto. Si necesita orientación sobre cómo se aplica a su caso, consúltenos.