Índice de la norma
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Constitución Política del EstadoPrimera Parte. Bases Fundamentales del Estado — Derechos, Deberes y GarantíasTítulo II. Derechos Fundamentales y GarantíasCapítulo Sexto. Educación, Interculturalidad y Derechos CulturalesSección V. Deporte y Recreación
Artículo 105
El Estado promoverá, mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad.
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