Índice de la norma
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Constitución Política del EstadoSegunda Parte. Estructura y Organización Funcional del EstadoTitulo V. Funciones de Control, de Defensa de la Sociedad y de Defensa del EstadoCapítulo Cuarto. Servidoras Públicas y Servidores Públicos
Artículo 234
Para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere:
1.Contar con la nacionalidad boliviana.
2.Ser mayor de edad.
3.Haber cumplido con los deberes militares.
4.No tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento.
5.No estar comprendida ni comprendido en los casos de prohibición y de incompatibilidad establecidos en la Constitución.
6.Estar inscrita o inscrito en el padrón electoral.
7.Hablar al menos dos idiomas oficiales del país.
Este artículo todavía no tiene comentario jurídico; lo publicaremos pronto. Si necesita orientación sobre cómo se aplica a su caso, consúltenos.
